📡 Nuevas reglas para importar y usar equipos de telecomunicaciones en Cuba

El Ministerio de Comunicaciones de Cuba ha emitido dos resoluciones claves —la Resolución 1/2026 y la Resolución 2/2026— que actualizan el marco regulatorio sobre la importación, fabricación y comercialización de equipos de telecomunicaciones y tecnologías de la información. Estas normas sustituyen disposiciones anteriores (como la Resolución 272 de 2015 y la Resolución 132 de 2019) y responden a la necesidad de ordenar el acceso al espectro radioeléctrico, garantizar la seguridad tecnológica y proteger los intereses nacionales.

 

✅ Lo que se puede importar libremente

Los ciudadanos podrán traer sin autorización previa los equipos de uso personal  (NO PARA COMERCIO) más comunes:

    • Teléfonos convencionales y celulares (excepto satelitales).
    • Teléfonos inalámbricos que operen en bandas específicas (43.70–49.980 MHz, 1.910–1.930 GHz, 2.400–2.4835 GHz, 5.725–5.875 GHz).
    • Alarmas alámbricas e inalámbricas para vehículos y hogares.
    • Receptores domésticos de radio y TV terrestre (no satelitales).
    • Antenas convencionales de TV terrestre.
    • Dispositivos domésticos de transmisión inalámbrica como videoporteros, monitores de bebés o controles de juegos en las bandas permitidas.
    • Micrófonos Bluetooth o en bandas autorizadas.
    • Equipos de oficina y computación: impresoras, fax, copiadoras, escáneres, computadoras, tablets, laptops, monitores, discos duros, memorias y fuentes de alimentación (UPS).

En todos estos casos, la importación es libre siempre que se cumpla con las bandas de frecuencia y no se trate de equipos satelitales. Esta medida busca facilitar el acceso cotidiano a la tecnología y reducir la burocracia.

🚫 Qué no se puede hacer

La normativa establece prohibiciones claras:

  • Teléfonos satelitales sin acuerdos de servicio con el gobierno cubano.
  • Repetidores de señales móviles (amplificadores de telefonía).
  • Equipos para acceder sin autorización a redes informáticas o de telecomunicaciones.
  • Dispositivos criptográficos sin evaluación previa del Ministerio del Interior.
  • Interferidores e inhibidores de señales.

Estos equipos están vetados por razones de seguridad nacional, compatibilidad técnica y protección del espectro radioeléctrico.

⚙️ Lo que requiere autorización

Otros equipos sí pueden importarse, pero con autorización técnica previa emitida por la Unidad Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico (UPTCER). Entre ellos:

  • Pizarras telefónicas y accesorios.
  • Routers, switches y dispositivos de red.
  • Sistemas de microfonía inalámbrica profesionales.
  • Transmisores y transceptores de radio (radares, telemedición, walkie-talkies, Wi-Fi, alarmas inalámbricas, videovigilancia).
  • Receptores de TV satelital y antenas profesionales.
  • Equipos de radiodifusión, GPS diferencial, radioenlaces y buscadores de personas.

La autorización técnica garantiza que los equipos cumplen con normas de interoperabilidad, compatibilidad electromagnética y seguridad.

📑 Procedimiento para la importación con fines comerciales:

Las personas jurídicas que importen con carácter comercial deben cumplir con:

  1. Solicitar autorización técnica previa (10 días hábiles) a la UPTCER.
  2. Obtener certificado de homologación o aceptación (vigencia máxima de 5 años).
  3. Contar con el aval del Comité de Computadoras para:
    • Máquinas para imprimir, copiar y fax,
    • Computadoras, sus partes y piezas
    • Fuentes de alimentación o «backups»
    • Monitores
    • Partes de equipos de radiodifusión
  4. Someter una muestra a pruebas de laboratorio (1.200 CUP o 50 USD)
  5. Presentar la solicitud con 30 días de antelación al arribo de la mercancía.

Incluso los donativos deben cumplir con estos pasos.

🚫 Retenciones y sanciones

Si la Aduana detecta un equipo sin autorización, lo retendrá. El importador tendrá 7 días para solicitar el permiso. Si en 30 días no se presenta, el equipo será decomisado.

🔄 Avances clave

Estas resoluciones se enmarcan en el Decreto-Ley 35 de 2021, que regula las telecomunicaciones y el uso del espectro radioeléctrico en Cuba. Su objetivo es:

  • Actualizar regulaciones obsoletas y adaptarlas al nuevo sistema armonizado de clasificación de productos.
  • Controlar el espectro radioeléctrico para evitar interferencias y usos indebidos.
  • Proteger la seguridad nacional y tecnológica, especialmente frente a equipos criptográficos o de acceso no autorizado.
  • Facilitar la introducción de nuevos servicios de telecomunicaciones bajo condiciones reguladas.

Con estas medidas, Cuba busca un equilibrio entre acceso tecnológico y seguridad nacional, permitiendo que los ciudadanos importen libremente equipos básicos mientras mantiene control sobre dispositivos que afectan las redes y el espectro.

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