En los últimos días, ha circulado en redes sociales y medios digitales la versión de que el Paquete Semanal estaría prohibido en Cuba tras la publicación del Decreto 107 de 2024. Esta normativa establece las actividades no autorizadas para las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia. Las especulaciones surgieron a raíz del acápite 61 de la sección I, que regula aspectos de la información, comunicación y telecomunicaciones.
Sin embargo, Ernesto Vila González, director del Centro Nacional de Derecho de Autor y del Artista Intérprete, aclaró en una entrevista con Cubadebate que las nuevas regulaciones no impiden el ejercicio de esta actividad. “Una de las normativas se refiere a la exhibición cinematográfica en espacios públicos, y lo que implica la actualización es que no se permite hacerlo a través de medios digitales y soportes informáticos”, explicó.
El directivo precisó que copiar contenidos entre discos duros o memorias para el consumo personal o familiar no se considera una exhibición pública, sino una simple reproducción, por lo que no está sujeta a la restricción mencionada en el decreto.
En cuanto a la exhibición cinematográfica en espacios públicos, Vila González recordó que esta actividad debe ser realizada exclusivamente por instituciones estatales, ya sea en soporte digital o analógico, una regulación que ha estado vigente desde 2021 bajo el Decreto 49, ahora reemplazado por el Decreto 107 de 2024.
El directivo también abordó la evolución de ciertas actividades por cuenta propia, como la venta de discos, que ha migrado hacia el uso de dispositivos como memorias USB. “Aquellos que cuentan con la licencia correspondiente pueden continuar ofreciendo estos servicios, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la norma”, indicó.
Uno de esos requisitos es el vínculo contractual con la Agencia de Creadores Dramáticos, Musicales y Audiovisuales (Acdam), a través del cual los trabajadores por cuenta propia deben realizar pagos mensuales para la remuneración de los creadores cuyos materiales intercambian. Esta agencia cuenta con una red territorial que gestiona la relación con los actores económicos.
No obstante, Vila González puntualizó que el requisito de vinculación a la Acdam no aplica para el intercambio de materiales audiovisuales entre personas sin fines lucrativos, mediante memorias u otros dispositivos.
“El Decreto 107 no prohíbe la circulación de material audiovisual ni el ejercicio de esta actividad por cuenta propia, siempre que se cuente con la autorización correspondiente y se respeten las disposiciones de la Ley de los Derechos del Autor y del Artista Intérprete”, concluyó.
Buenos seguiremos viendo el paquete o no no entendí nada
Bueno Aida, según entendí NO se prohíbe la reproducción y circulación digital de materiales audiovisuales en Cuba, o sea, la distribución de ese tipo de información. Sin embargo, pareciera que el objetivo es regular o eliminar esa actividad con fines lucrativos. Por tanto, el paquete SÍ desaparecería ya que los cuentapropistas dedicados a esta actividad cobran un servicio por la distribución del conocido “Paquete”.
Creo que sería de mucha ayuda y la razón de ser de éste programa o sea que se explique detalladamente y con lujo de detalle en la MESA REDONDA las 125 actividades prohibidas y por qué. Gracias.
El volcan estuvo a punto de estallar.Muchisimo esperaron para aclarar??????
buenas tardes que alegría saber ésa noticia
Gracias